Se acelerarán los tiempos judiciales gracias a la oralidad

Lunes 20 de octubre de 2014

Los intentos de reformas de los diversos códigos procesales que rigen la vida de los argentinos están en boga en los últimos meses. Misiones no está ajena a tal debate. Pero en el caso de la jurisdicción de la tierra colorada, El Territorio consultó a tres expertos sobre cuáles serían los puntos cardinales para aggiornar el contenido del Código Procesal Penal de Misiones. Todos coincidieron en que la celeridad sigue siendo uno de los déficits más grandes de la Justicia misionera.  
A la hora de responder sobre la nombrada consigna, César  Santiago (miembro del Superior Tribunal de Justicia de Misiones), destacó que "conforme nuestro sistema federal, las provincias dictan sus propios códigos procesales, códigos que debieran adaptarse a la propia realidad que regulan. Existe un fuerte consenso social que reclama plazos más rápidos y una Justicia ágil. Estos reclamos implican la necesidad de un cambio de paradigma que se plasma en un proceso necesario de reformas para pasar de la justicia del Siglo XIX a la del Siglo XXI. En Misiones, a la vanguardia en este proceso de reformas, se modificó recientemente el Código Procesal Penal de la Provincia, el que ha entrado en vigencia el 1º de marzo pasado y fue producto de una larga y exhaustiva labor realizada por los propios operadores del sistema, jueces, abogados, y representantes de otras dependencias. Para que este proceso resulte exitoso debe ir más allá de la letra estanca de un código que necesariamente irá mutando, como cambia y exige la sociedad, por lo que no puede resultar aislado. En el Poder Judicial se desarrolló un Sistema de Gestión de Expedientes Digitales (Siged) que digitaliza el expediente, agilizando y transparentando todos los procesos judiciales. El software es un diseño propio, de técnicos expertos que forman parte del Poder Judicial de la Provincia, por lo que recepta experiencias de nuestro propio sistema judicial, y la de sus operadores, optimizando de este modo todos los recursos. Este sistema tiene un plan de implementación quinquenal a corto, mediano y largo plazo que se encuentra ya operativo en toda la justicia de Paz, Civil, en la Instrucción Penal y en su alzada, y en toda la justicia Correccional y de Menores".  
Mientras que sobre los ejes de la reforma procesal penal misionera, contó que "se centran en sumarse al proyecto acusatorio introducido por la manda constitucional del 1853, otorgando mayor celeridad a los procesos a través de la oralidad e inmediatez. Con roles bien definidos entre las partes, un fiscal que investiga, un defensor que representa al imputado y vela por sus derechos y un juez que resuelve en base a las pruebas que le rinden en una audiencia. Estos cambios -en más o en menos- han sido receptados por nuestro nuevo código que da mayor intervención a los fiscales, elimina el auto de procesamiento que obligaba al juez a analizar prematuramente la prueba y redireccionar los procesos, incluye el nuevo mandato constitucional de la figura del querellante, e introduce innovaciones, como el criterio de oportunidad receptado en el artículo 60 de dicho cuerpo legal, que le brinda a las partes la posibilidad de solicitar la suspensión total o parcial de la persecución penal en determinadas situaciones y bajo siempre y cuando se verifiquen ciertos requisitos".

En referencia a la Justicia Federal y a la Provincia, el magistrado determinó que "nuestra Constitución en su Artículo 1º establece que la Nación Argentina adopta para su gobierno la forma representativa, republicana y federal. El federalismo implica que cada provincia es autárquica y que se gobierna a sí misma en casi todas las áreas, excepto en las delegadas a la Nación. La redacción de los códigos de procedimientos no es una de las facultades delegadas a la Nación, por lo que compete exclusivamente a cada una de las provincias el dictado de sus códigos de procedimientos.
En principio el dictado de un nuevo código procesal penal de la nación, no incidiría en la Justicia provincial. Pero teniendo en cuenta que el código procesal de la Provincia se ha modificado recientemente y desde el Poder Judicial se están implementando herramientas que hacen al cambio, el funcionamiento de la Justicia Penal está cambiando, se está agilizando, optimizando y transparentando, con independencia de la reforma procesal penal federal que se avizora".
Sobre la necesidad de acelerar los tiempos judiciales, manifestó que "la reforma estanca de la letra de la ley no cambia al sistema. El cambio que la sociedad exige es la adaptación de todos al nuevo paradigma. La digitalización, la capacitación, son elementos que no requieren de una reforma legal sino de una reforma integral que debe impactar primero en los operadores. La implementación de las nuevas herramientas debería acortar tiempos y mejorar sustancialmente todos los procesos judiciales, incluido el penal".

Críticas   
De su lado, el actual presidente del Colegio de Abogados de Misiones, Martín Ayala, aseveró que "la división constitucional de facultades entre el Estado Federal y las provincias prevé que tanto aquel, como cada uno de los Estados provinciales establecen los códigos de procedimiento judicial para los trámites en torno de su territorio y competencia. Por ello no existe un único Código Procesal Penal en la Argentina, sino que existen tantos como jurisdicciones (Estado Federal y cada una de las Provincias). Lo que se anunció el pasado miércoles refiere a la posibilidad de reformar el Código Procesal Penal Federal, que se aplica en la Justicia Federal (exclusivamente) y para los delitos de competencia de la jurisdicción federal. El actual código de procedimiento penal federal prevé un sistema mixto, por el cual tanto el juez como el fiscal llevan adelante la investigación. Esto significa que el juez al investigar pierde la imparcialidad necesaria para un tratamiento objetivo de la cuestión que investiga. Por ello, es muy propicio, transformar el actual proceso de instrucción penal a cargo del juez, en una instrucción a cargo exclusivamente del fiscal, con el contralor (como juez de garantías) a cargo del juez penal. Esto es cambiar el proceso penal inquisitivo por un proceso penal acusatorio".
De acuerdo al letrado misionero, "con respecto al proyecto de reformas del Código Procesal Penal Federal anunciado por la titular del Poder Ejecutivo Nacional, tal modificación no cambia la situación actual de la Justicia penal de la Provincia de Misiones, puesto que aquel proyecto sólo rige en la Justicia Federal. Pero, indudablemente, tendrá una influencia moral que puede motivar (deseamos que así sea) la modificación también del Código Procesal Penal provincial". 
Consultado sobre cómo quedarían los roles de fiscales y jueces, explicó que "con el proyecto de reformas del Código Procesal Penal federal, el rol del fiscal se torna predominante, pues tiene toda la responsabilidad de llevar adelante la investigación, y debe demostrar la culpabilidad del sospechoso. En cambio el rol del juez, cambia de un juez inquisitivo e investigador, a un juez inactivo, que sólo vela por la legalidad del proceso".
A la hora de destacar cuáles son los mayores defectos y fortalezas de la Justicia misionera, dijo que "en relación a la Justicia de Misiones en general (es decir en todos sus fueros) advierto las siguientes fortalezas: no sufre del problema de las vacancias, ya que en la mayoría de los casos, los juzgados se hallan desempeñados por sus titulares (salvo algunas escasas excepciones). No podemos afirmar lo mismo del Poder Judicial Federal. Además en Misiones se han reformado los códigos de procedimientos recientemente, incorporando mayores instancias o actos orales que dotan de celeridad al proceso y cercanía entre el tribunal y las partes. Por otro lado, se está llevando adelante un proceso sistemático de incorporación de las herramientas digitales al proceso judicial, que seguramente podrá brindar celeridad y transparencia al trámite".
En cambio "por otra parte, sufre las siguientes debilidades: algunos fueros (fundamentalmente el fuero Penal y el fuero de Familia) padecen un colapso en la cantidad de causas que reciben, lo que ocasiona una paralización de la respuesta judicial. A ello se suma la falta de concursos para el ingreso o ascenso del personal del Poder Judicial, lo que provoca falta de empatía con el trabajo y perjudica el premio a quienes se desempeñan favorablemente. A pesar de las recientes reformas procesales en la Provincia el proceso continúa siendo sumamente burocrático y lento, lo que promociona el litigio del deudor. Así, quien sabe que puede dilatar un proceso durante años, ante la disyuntiva de pagar ahora o pagar en el futuro puede articular planteos que extienden sobremanera el proceso, generando en la víctima de este perverso sistema una incredulidad en la justicia de su caso".


Una decisión política
El reconocido letrado misionero Pablo Isaac Lenguaza destacó que "las reformas son necesarias si el objetivo es acelerar los tiempos de los procesos, evitando demoras que afectan al justiciable, a la víctima y a las personas encausadas que necesitan que su situación procesal se resuelva sin dilaciones, ya sea para que paguen una condena o para que se las libere de sospechas". Agregó que "hasta la fecha sólo conocemos la decisión política de hacer las reformas y el sentido que se les daría. En principio se volcaría todo el proceso penal a un modelo acusatorio que le daría al fiscal la facultad exclusiva de investigar, preservando al juez la función de juzgar objetiva e imparcialmente, vigilando el respeto de los derechos constitucionales durante la etapa investigativa. Siempre que el objetivo sea descomprimir, preservando el debido proceso y todos los principios que lo rigen, puede ser una buena reforma, siempre que se atiendan los problemas coyunturales que afectan el debido proceso porque falta infraestructura. Si no se atienden todos los aspectos en una reforma, puede quedar sólo en buenas intenciones".  Según sus palabras, "hay un problema de fondo, basta recordar a qué presiones y amenazas se someten los fiscales que investigan hechos de corrupción, como en el caso de (José María) Campagnoli. Si no se asegura la independencia y el equilibrio en el Consejo de la Magistratura de la Provincia, se mantiene la sospecha de que se usa la institución para lograr impunidad. Por otro lado, la Justicia Federal tiene problemas distintos que la Justicia misionera, se acumulan causas iniciadas en sus fueros pero por la falta de nombramiento de jueces y la escasez de infraestructura. Los juzgados de instancias federales que están instalados en el interior tienen un desborde producto de esta situación, por más buena voluntad que manifiesten sus operadores".